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¿Quién califica para recibir el PFD?

por sdmn

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Una guía práctica sobre los requisitos de residencia, normas migratorias
​y cómo aplicar antes de la fecha límite de marzo.

Residentes de Alaska están nuevamente solicitando el Dividendo del Fondo Permanente, comúnmente conocido como PFD, un pago anual financiado por las ganancias del Fondo Permanente de Alaska que distribuye una parte de los ingresos de inversión del estado directamente a los residentes elegibles. Para muchos hogares, este pago ayuda a compensar el alto costo de vida y brinda un impulso económico estacional a comunidades en todo el estado.

Las solicitudes para el dividendo de 2026 abrieron el 1 de enero y estarán disponibles hasta el 31 de marzo. La mayoría de los solicitantes presenta sus formularios en línea a través de mypfd.alaska.gov, aunque también se distribuyen solicitudes en papel en centros a lo largo del estado para quienes prefieren aplicar en persona por correo o no tienen acceso a internet.

Para recibir el dividendo, una persona debe haber sido residente legal de Alaska durante todo el año calendario anterior y debe tener la intención de permanecer como residente del estado de forma indefinida al momento de aplicar. Reclamar residencia o recibir beneficios asociados a la residencia en otro estado o país desde el final del año calificativo puede descalificar a un solicitante. El historial criminal también es un factor: las personas condenadas o encarceladas por delitos graves que califican, o por ciertos delitos menores repetidos, pueden perder su elegibilidad. El tiempo pasado fuera de Alaska también influye, ya que, por lo general, los solicitantes no deben haber estado fuera del estado por más de 180 días, salvo en ausencias permitidas, y además deben haber estado físicamente presentes en Alaska por al menos 72 horas consecutivas en alguno de los dos años previos. Es importante destacar que estar físicamente presente no es suficiente por sí solo; los solicitantes deben demostrar la intención de permanecer indefinidamente en Alaska.

Las reglas de elegibilidad son especialmente importantes para personas que no son ciudadanas estadounidenses. Pueden calificar quienes sean ciudadanos de Estados Unidos, residentes permanentes legales o personas a quienes se les haya concedido estatus de refugiado o asilo bajo la ley federal. Sin embargo, los estatus migratorios que obligan a mantener residencia fuera de Estados Unidos generalmente impiden la elegibilidad porque limitan la posibilidad de demostrar intención de residencia permanente en el país. Los solicitantes deben presentar documentación adecuada que demuestre residencia permanente, admisión como refugiado o concesión de asilo antes del 1 de enero del año calificativo. También existen reglas especiales de documentación para residentes provenientes de ciertos territorios estadounidenses, naciones del Pacífico bajo el Compacto de Libre Asociación, nacionales estadounidenses y nativos norteamericanos nacidos en Canadá que califican bajo el Tratado Jay.
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El monto del dividendo cada año sigue siendo objeto de debate legislativo. El gobernador Mike Dunleavy ha propuesto pagos más altos en planes presupuestarios recientes, pero el monto final probablemente se definirá más adelante durante la sesión legislativa. Sea cual sea la cifra final, los solicitantes deben recordar que los pagos del dividendo se consideran ingresos sujetos a impuestos federales, por lo que es importante planificar con anticipación si esperan recibir el pago más adelante este año. ​

PROUDLY POWERED BY SOL DE MEDIANOCHE NEWS, LLC.
Sol de Medianoche is a monthly publication of the Latino community in Anchorage, Alaska